23/3/09

Condenan a la Agencia EFE por burlarse con mala intención de una periodista despedida

Una sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a la Agencia EFE a readmitir o indemnizar a una periodista, a la que despidió en una actuación torticera y malintencionada que constituyó una burla hacia su empleada, por lo que se ha impuesto una multa a la empresa por temeridad de 600 euros.
El magistrado Francisco José Trujillo Calvo deja acreditada en su sentencia la "actuación completamente torticera y mal intencionada" de la Agencia EFE hacia la periodista, a la que mantuvo "una contratación fraudulenta durante ocho años".
La Agencia EFE, de titularidad pública, está presidida por Alex Grijelmo.
La periodista despedida, Fátima Martín Montesdeoca, fue encadenando contratos temporales desde el 2000 al 2008, los primeros meses "por circunstancias de la producción" y desde mayo de 2001 vinculados a convenios que suscribía la Agencia EFE primero con el Cabildo de Gran Canaria y después con el Gobierno de Canarias.
Tras perder el convenio con el Gobierno de Canarias en marzo de 2008, la Agencia EFE mantuvo empleada a la periodista seis meses más, hasta que en septiembre decidió despedirla.
Pero, según establece la sentencia, la Agencia no encomendaba a la redactora la cobertura de las actividades específicas del Cabildo ni del Gobierno canario, sino que trabajaba en la delegación con los mismos cometidos que sus demás compañeros.
Por eso señala el magistrado que el objeto del contrato fue fraudulento, de manera que el carácter temporal de sus funciones no se cumplió.
Además, la periodista fue contratada antes de que el convenio con el Gobierno de Canarias existiera y despedida seis meses después de que finalizara.
La actuación torticera y mal intencionada de la Agencia EFE con su periodista se produjo en el momento del despido, ya que las ofertas alternativas que le ofreció constituyeron una burla hacia la trabajadora, de acuerdo con la sentencia.
En concreto, la Agencia EFE le ofreció trasladarse a Madrid con un contrato de interinidad y con menor sueldo o bien trasladarse a Tenerife a cubrir una baja por maternidad.
Ante estas circunstancias, el Juzgado de lo Social estima en su integridad la demanda de la periodista e impone a la Agencia EFE una multa por temeridad de 600 euros.
El magistrado declara improcedente el despido y condena a la Agencia EFE a la readmisión de la periodista o a indemnizarla con 41.394 euros y a abonarle los salarios atrasados.

3 comentarios:

Unknown dijo...

Tóma!

Biel Calderon dijo...

"Actuación torticera". Nunca me sonó nada bien ese término.

Sea como fuere, enhorabuena a la periodista.

saludos y gracias por mantenernos informados!

Unknown dijo...

Desde luego, dentro de poco apareceran abogados especializados en reclamaciones fotoperiodisticas